Comodoro Rivadavia se prepara para recibir buques extranjeros que operan frente a las costas argentinas. La discusión no debería reducirse a cuánto dinero puede generar un astillero: también debe preguntarse qué condiciones pone la Argentina para prestar servicios a una flota que captura recursos del Atlántico Sudoccidental fuera de nuestra ZEE.
La noticia parece, a primera vista, una buena noticia para Comodoro Rivadavia.
El nuevo astillero del puerto local avanza hacia su puesta en funcionamiento y tendrá capacidad para brindar servicios a embarcaciones nacionales y extranjeras. Según confirmó la administradora del Puerto de Comodoro Rivadavia, Digna Hernando, no existirían restricciones de bandera para acceder a las instalaciones.
Eso significa que los buques extranjeros que operan en aguas internacionales, incluidos los poteros que pescan calamar en la denominada milla 201, podrán eventualmente utilizar el astillero para reparaciones y otros servicios.
La posibilidad es presentada como una oportunidad económica: más movimiento portuario, más trabajo para talleres y empresas de servicios navales y una nueva fuente de actividad para Comodoro.
Pero hay una pregunta que no debería quedar relegada detrás de los números:
¿Es razonable que la Argentina preste servicios portuarios y navales a una flota extranjera que captura, frente a nuestras costas, recursos del mismo ecosistema pesquero que sostiene a la industria nacional?
La llamada milla 201 se encuentra fuera de la Zona Económica Exclusiva Argentina. Por lo tanto, no puede afirmarse simplemente que todos los buques que allí operan estén pescando ilegalmente.
Ese punto es fundamental.
Pero tampoco significa que el problema no exista.
La actividad pesquera extranjera en el límite de nuestra ZEE constituye desde hace años una de las principales preocupaciones vinculadas con la protección de los recursos del Atlántico Sudoccidental.
Un informe publicado este año por Environmental Justice Foundation incluye a la Argentina entre los países afectados por la actividad no regulada de flotas extranjeras dedicadas principalmente a la captura de calamar. El documento identifica particularmente a flotas de China, Taiwán y Corea del Sur.
Además, organismos argentinos realizan tareas de vigilancia sobre las flotas extranjeras que operan en el límite de la ZEE. La Armada Argentina informó recientemente que durante el patrullaje marítimo se obtuvieron registros fotográficos y datos identificatorios de buques pesqueros extranjeros y unidades de apoyo logístico, con el objetivo de actualizar la información estratégica sobre esas flotas.
El problema, entonces, no es simplemente que existan barcos extranjeros pescando en alta mar.
El problema es qué hacen, cómo lo hacen, qué controles tienen y qué relación mantienen con nuestros recursos y nuestros mercados.
Argentina acaba de aprobar mediante la Ley 27.815 el Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto, conocido como AMERP o “Puerto Rector”.
La norma fue sancionada el 24 de junio de 2026 y publicada en el Boletín Oficial el 17 de julio. El acuerdo tiene como objetivo prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.
Y aquí aparece una oportunidad que Argentina no debería desperdiciar.
El AMERP no plantea que un puerto deba recibir indiscriminadamente a cualquier buque extranjero.
Por el contrario, establece mecanismos para que el Estado pueda analizar la información de una embarcación antes de permitirle ingresar, autorizar o denegar el acceso y realizar inspecciones cuando corresponda. La FAO explica que el sistema busca precisamente impedir que buques vinculados con pesca INDNR utilicen los puertos para desembarcar, transbordar o acceder a servicios.
Por eso, la discusión en Comodoro Rivadavia no debería ser simplemente “flota extranjera sí o no”.
La discusión debería ser:
¿Bajo qué condiciones?
Argentina necesita una política pesquera que mire más allá de las 200 millas.
Porque el calamar, la merluza y otras especies no entienden de líneas imaginarias trazadas sobre una carta náutica.
El ecosistema es uno solo.
La explotación intensiva que se desarrolla en el límite exterior de nuestra ZEE puede tener consecuencias sobre un recurso que también constituye la base de trabajo de miles de argentinos.
Y mientras nuestros armadores deben cumplir con regulaciones, costos laborales, impositivos, controles y obligaciones dentro del sistema pesquero argentino, una parte de la flota extranjera opera en alta mar bajo otras reglas y con estructuras de costos completamente diferentes.
Por eso resulta legítimo preguntarse si el Estado argentino debe limitarse a observar esa actividad desde sus patrulleros mientras, al mismo tiempo, sus propios puertos ofrecen combustible, reparaciones, logística y servicios a esas embarcaciones.
El negocio portuario no puede estar divorciado de la política de defensa de nuestros recursos.
La incorporación de Argentina al régimen de Puerto Rector puede convertirse en un punto de inflexión.
Si un buque extranjero quiere utilizar infraestructura argentina, Argentina debería saber quién es, de dónde viene, dónde pescó, qué capturó, qué permisos posee, qué antecedentes registra, con qué buques operó y qué actividad realizó antes de solicitar el ingreso.
Y cuando existan elementos suficientes para sospechar actividad ilegal, no debería existir ningún beneficio económico capaz de estar por encima del interés nacional.
La propia lógica del AMERP apunta en esa dirección: impedir que los puertos sean utilizados por embarcaciones vinculadas con la pesca INDNR y facilitar el intercambio de información entre Estados.
Nadie puede cuestionar que Comodoro Rivadavia busque generar empleo, actividad industrial y movimiento portuario.
El astillero puede convertirse en una herramienta formidable para recuperar capacidades de reparación naval, generar trabajo para pymes y reducir la dependencia de otros puertos.
Pero una cosa es recibir a un buque extranjero que cumple todas las normas y otra muy diferente es convertir a nuestros puertos en una plataforma de apoyo para una actividad que el propio Estado argentino debe controlar.
La diferencia está en los controles.
Y también en la decisión política.
Si la flota extranjera quiere utilizar nuestros puertos, nuestros talleres, nuestros astilleros y nuestros servicios, debe hacerlo bajo reglas argentinas y con absoluta trazabilidad de su actividad pesquera.
No se trata de cerrar los puertos.
Se trata de no regalarles una ventaja.
Porque mientras discutimos cuánto empleo puede generar la reparación de un buque extranjero, también deberíamos preguntarnos cuánto empleo argentino depende de que el recurso que ese buque captura siga existiendo.
Comodoro tiene frente a sí una oportunidad industrial enorme.
Argentina también tiene frente a sí un desafío estratégico.
El astillero puede ser una fuente de trabajo, inversión y desarrollo para la Patagonia.
Pero si la Argentina decide recibir a la flota extranjera que opera en la milla 201, el acceso a nuestros puertos no debería ser un cheque en blanco.
Debe ser una herramienta de control.
Debe haber trazabilidad.
Debe haber inspección.
Debe existir intercambio de información.
Y, fundamentalmente, debe quedar claro que la defensa del recurso pesquero argentino está por encima del negocio de reparar un barco.
Porque si vamos a abrirles las puertas de nuestros puertos a quienes pescan frente a nuestras costas, la primera condición debería ser una sola:
que esa actividad no termine perjudicando el recurso que pertenece a todos los argentinos.
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