SOMU cerró acuerdo con la CAFACh

El convenio rige desde el 1 de abril hasta el 30 de septiembre de 2022. Consiste en un valor de $176,45 por kilo de langostino. Las partes lograron negociar mientras los barcos estaban operando, un avance en la mecánica de discusión salarial.


lunes, 27 junio de 2022

La Cámara de la Flota Amarilla de Chubut suscribió con el SOMU de Rawson un nuevo convenio de actualización salarial. Durante el acto estuvieron en representación del gremio Ramón Vera, Cristian Colin y Daniel Cisterna, y por el sector empresario Ricardo Horacio Williams en su carácter de secretario de la CAFACh, pautando la recomposición salarial que permite incrementar y establecer mediante ajuste por inflación el valor del kilogramo de la especie langostino en la suma de pesos cieno setenta y seis con cuarenta y cinco centavos. Se tomará como referencia a los efectos del cálculo que los cajones y/o cajita intermedia deberán contener 18 kilogramos de langostino y 17 kilogramos de langostino las denominadas cajitas.

Se dejó constancia que el acta comprende índice inflacionario acumulado de los meses de octubre de 2021 a marzo de 2022 inclusive y el aumento tiene validez a partir del 1 de abril de 2022 con vigencia hasta el 30 de septiembre de 2022.

En cuanto al sueldo básico se determinó que el salario básico será de $ 62.648. En tanto, el primer pescador percibirá en la liquidación del salario a la parte 1/4 de partes y el segundo pescador y cocinero percibirán 1/8 de las partes.

Respecto del sueldo garantizado que consisten la suma mínima que tiene derecho a percibir el marinero o tripulante de buque, que tenga en el mes días efectivamente navegados y se determina y fija que si el tripulante realiza tres viajes de navegación efectiva garantizada en la suma de $ 87.024,82. Si el tripulante efectuó dos viajes de navegación se le garantizará la suma de $ 80.169 en concepto de salario garantizado.

Asimismo, si el tripulante efectuó un viaje día de navegación efectiva se le abonará $ 73.971 en concepto de salario garantizado.

Por otra parte, los días de franco y de trabajo se estableció que corresponde a cada marinero o tripulante el goce de un día de franco por tres días navegados, y se le abonará hasta cinco días de trabajo por mes sujetos a la realización de las tareas efectivas y el llenado a modo de acreditación de la planilla, debiendo contar con la rúbrica del armador o apoderado de cada empresa o embarcación, estableciéndose el valor a abonar cada día de franco y día de trabajo en la suma de $ 4.816,67.

Además, cada buque pesquero deberá contar con planillas en las cuales se registren los trabajos efectivamente realizados en muelle, tanto a bordo como en tierra, los mismos deberán ser firmados por el tripulante y la autoridad del BP que se encuentre en ese momento.

Para el adicional por desarraigo se fijó el pago de la suma de $ 16.701.

Con todo, se pautó que la vigencia del acuerdo naturaleza salarial será operativo desde el 1 de abril de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2022, comprometiéndose las partes signatarias, a mantener hasta dicha fecha cuanto menos, la buena fe negocial y la paz social en cuanto se cumplan todas las partes, renunciando la parte sindical a iniciar cualquier tipo de medida de fuerza. Asimismo, en este plazo las partes signatarias se comprometen a mantener la plena operatividad de la flota amarilla.

 

 

 

 

Fuente Revista puerto

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