Nueva Veda de Verano para la Merluza en Zona Común de Pesca

Nueva zona de veda de verano, desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo en la Zona Común de Pesca, determinado por la última reunión de la CTMFM.


jueves, 23 diciembre de 2021

Con las firmas de la licenciada Mariana Inés Llorente y el Capitán de Navío (R) Zapicán Bonino, representando a la República Argentina y a la República Oriental del Uruguay respectivamente, se firmó la Resolución 20/2021 a través de la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo.

Esta Resolución es referida a contribuir a la conservación y racional explotación de la especie merluza (Merluccius hubbsi), de acuerdo al establecimiento de áreas de veda que protejan las concentraciones de juveniles de dicha especie en la Zona Común de Pesca.

La mencionada normativa que ya fue publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina y su similar uruguayo IMPO, indica que sobre la base de las investigaciones y análisis conjuntos realizados de conformidad a lo que está establecido en el art. 82 inciso d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, donde se ha podido comprobar la presencia en la Zona Común de Pesca de un área de concentración de ejemplares juveniles de la especie merluza (Merluccius hubbsi).

El artículo 82 de la Ley 20.645 del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, suscripto entre la Argentina y el Uruguay el 19 de noviembre de 1973, en su inciso d) establece normas y medidas relativas a la explotación racional de las especies en la zona de interés común y a la prevención y eliminación de la contaminación.

De acuerdo a los considerandos publicados en el Boletín Oficial donde manifiestan que se ha comprobado la presencia en la Zona Común de Pesca de un área de concentración de ejemplares juveniles de la especie merluza (Merluccius hubbsi) y que es necesario proteger dicha concentración para contribuir a la debida conservación y explotación del recurso y que la Subcomisión de Recursos Vivos ha sugerido establecer un área de veda.

Por ello han establecido que se prohíbe desde el 1 de enero al 31 de marzo inclusive del año entrante, la pesca de la especie merluza, como así también la utilización de todo tipo de artes de pesca de fondo en el sector de la Zona Común de Pesca delimitado por los puntos geográficos que detallamos a continuación:

•         35°38’S – 53°20’W

•         35°46’S – 52°51’W

•         36°50’S – 54°35’W

•         36°40’S – 54°42’W

La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo prohíbe en el sector mencionado la utilización de redes de media agua en horario nocturno y dejan sentado que la transgresión de ésta Resolución será considerada como incumplimiento grave.

Este tipo de acciones siempre generan polémicas y reclamos y tal vez en esta ocasión no sea la excepción. Seguramente en las próximas horas puedan escucharse algunas voces al respecto, aunque en similares situaciones algunos actores prefieren no hacer público su pensamiento y si es que hay alguna posibilidad de un reclamo formal.

Zonas de Veda

El perfil marítimo argentino goza de numerosas zonas de veda y salvo hechos puntuales o momentáneos, el fondo de la cuestión es la protección de especies y medio ambiente, a pesar que el pescador busca la forma de llenar bodegas, muchas veces, sin pensar en definitiva que, a veces, el lema debiese ser pescar menos para ganar más.

Sin dudas hay tantas vertientes de pensamientos como capitanes y armadores en los muelles, cada uno hace su juego pero la única verdad es que si el organismo rector no lleva a esas zonas de protección, hoy este caladero no estaría en la situación que se encuentra.

El caladero Argentino es el único que crece, cuando otros han desaparecido, y eso es un esfuerzo de todos y desde hace mucho tiempo, CTMFM, DNCyFP, armadores, sindicatos, cámaras, tripulaciones pero fundamentalmente por tres entidades, el Consejo Federal Pesquero (en lo legislativo), la figura del Subsecretario de Pesca, (en lo ejecutivo) y el excepcional trabajo de capitanes, tripulaciones, biólogos y científicos del INIDEP, que trabajan para optimizar cada una de las pesquerías argentinas, intentando con certezas científicas, llevar a pescar el máximo posible en forma sustentable y sostenible para la pesquería. Trabajo no menor, lleno de insatisfacciones, donde las diferencias entre la pesca comercial y la científica, gozan de diferencias sustanciales en lo económico, que solo se suplen, por esa llama sagrada que es el amor al arte que eligieron.

Los recursos no son infinitos, y cada especie tiene sus tiempos, muy distintos a las necesidades de quienes prefieren pescar hasta el último pez.

 

 

 

 

fuente pescare

 

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