No será obligatorio presentar Certificado de Control de Carga para la exportación de Merluza Negra


viernes, 4 junio de 2021

Mediante la firma de la Disposición 62/2021, el Subsecretario de Pesca y Acuicultura, Carlos Liberman dispuso que, desde el día de la fecha no será obligatoria la presentación del Certificado de Control de Carga para la exportación de Merluza Negra; este hecho será posible únicamente si el exportador acreditó la solicitud de emisión de los Documentos de Captura y Exportación de Dissostichus.

La mencionada norma fue proyectada por el equipo técnico de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera, que conduce Julián Suárez.

Cabe destacar que mediante la Disposición N° 8 de fecha 29 de diciembre de 2009 de la Subsecretaria de Pesca y Acuicultura, el ‘Sistema Nacional de Certificación de Captura legal’ certifica los recursos pesqueros que se capturen en aguas jurisdiccionales. Luego mediante la Disposición N° 9 de fecha 23 de Mayo del 2012 de la ex Dirección Nacional de Coordinación Pesquera, se incluyó al Artículo 2° de la Disposición N° 8, el ‘Documento de Captura de Dissostichus’, ‘Documento de Exportación de Dissostichus’, y el ‘Certificado de Acreditación de Origen legal’.

Asimismo, dentro del marco del ‘Sistema Nacional de Certificación de Captura Legal’ mediante la Disposición N° 254 de fecha de 20 de octubre del 2014 de la Subsecretaria de Pesca y Acuicultura se modificaron los modelos utilizados para la expedición de los Certificados, en referencia a lo mencionado en el Artículo 2° de la Disposición N° 8. Por conducto de la Disposición N° 174 de fecha 14 de octubre de 2015 se creó el ‘Sistema de Control de Carga’ a efectos de certificar la legalidad de las capturas en aguas jurisdiccionales argentinas.

En este sentido, Suárez indicó que intensifica la reducción de los tiempos operativos, y contribuir con la despapelización del Estado, ya que toda documentación deberá ser presentada por intermedio de la Plataforma ‘Trámites a Distancia’ del Sistema de ‘Gestión Documental Electrónica’ (GDE), y será notificado al CUIT/CUIL de las personas humanas o jurídicas registradas en la Dirección de Normativa y Registro de la Pesca, tal como se estableciera en la Disposición SSPyA N° 233 de fecha de 28 de Diciembre del 2020.

Cabe destacar que la Merluza Negra (Dissostichus eleginoides) es una especie cuotificada que se encuentra en el sur del mar argentino, es capturada por 5 Buques Pesqueros, con una representación de descargas anuales de 3800 toneladas promedio, y una exportación aproximada de U$S 50.000.000.

Finalmente la Unidad de Coordinación de Certificación de Capturas y Exportaciones, dependiente de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera, creada mediante la Resolución  SAGyP N° 11/2021, continua desarrollando innovadores mecanismos que tiendan a maximizar la eficacia y eficiencia de los procesos de certificados de exportación en materia pesquera.Fuente mar y pesca

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