La Cámara Nacional del Trabajo prorrogó por 45 días los mandatos del SOMU


martes, 30 diciembre de 2025

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala III, resolvió otorgar una prórroga de 45 días a los mandatos de las autoridades del Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU), garantizando la continuidad institucional del gremio y evitando una situación de acefalía que hubiera puesto en riesgo el normal funcionamiento de la organización y los derechos de sus afiliados.

La decisión judicial se dio en el marco de la causa “San Miguel Cristian y otro c/ Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU) y otro s/ Ley de Asociaciones Sindicales”, donde se analizan distintos planteos impulsados por sectores opositores que intentaron desconocer el proceso electoral y promover la nulidad de las autoridades sindicales.

En su resolución, los magistrados remarcaron la necesidad de resguardar la democracia sindical, la autonomía de las organizaciones gremiales y el derecho de defensa, y entendieron que, frente a un escenario de conflicto judicial en curso, resultaba imprescindible sostener los mandatos vigentes de manera transitoria. El Tribunal fue claro al señalar que la prórroga tiene como objetivo evitar los perjuicios que una acefalía generaría tanto en la entidad sindical como en el conjunto de los trabajadores marítimos.

Asimismo, la Cámara dispuso continuar con el tratamiento de las actuaciones pendientes ante la Junta Electoral del SOMU y avanzar con el análisis de las denuncias presentadas, dejando en evidencia que la Justicia no convalida maniobras dilatorias ni campañas de desinformación que buscan debilitar la representación sindical desde adentro.

Desde la conducción del SOMU destacaron que la resolución judicial ratifica la responsabilidad institucional del gremio y desmiente las versiones malintencionadas difundidas por sectores que, lejos de defender los intereses de los trabajadores, promovieron un escenario de incertidumbre y desestabilización. “La Justicia actuó con responsabilidad para preservar la organización y la representación de los afiliados”, señalaron fuentes sindicales.

La prórroga fue fijada por un plazo máximo de 45 días corridos, sin posibilidad de extensión automática y bajo apercibimiento de sanciones económicas en caso de incumplimiento, lo que refuerza el carácter excepcional y transitorio de la medida.

La resolución lleva las firmas de los jueces de Cámara Mario S. Fera, Diana R. Cañal y Alejandro H. Perugini, y fue notificada oficialmente a las partes, consolidando un fallo que fortalece la institucionalidad sindical y garantiza la continuidad de la defensa de los derechos laborales de los trabajadores marítimos.

Comunicado SOMU

 

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