CAPTURA DE LANGOSTINO EN AGUAS NACIONALES

Se dispuso la suspensión de las actividades de pesca comercial de langostino en las Subáreas 14 y 16


sábado, 27 agosto de 2022

En su sesión del día 25 de agosto (Acta CFP N° 25/2022), el CONSEJO FEDERAL PESQUERO dispuso la suspensión de las actividades de pesca comercial de langostino en las Subáreas 14 y 16, por el plazo de 4 días. La decisión fue adoptada a partir de la información reportada por el INIDEP, que dio cuenta de una relación merluza – langostino por encima del límite establecido del 20%. Asimismo, se ratificó la decisión adoptada por la Autoridad de Aplicación de suspender las actividades en la subárea 7 por el plazo de 7 días a partir del 19/08/2022.

De esta manera, al día de la fecha (26/08/22), se encuentran habilitadas para la captura de langostino las siguientes Subáreas, dentro del Área de Veda Permanente de Juveniles de Merluza (AVPJM):

– Subárea 4
– Subárea 5
– Subárea 8
– Subárea 15 (entre los paralelos 46° y 47° de latitud Sur y los meridianos 63° y 63°30’ de longitud Oeste)

La Subáreas 7, 14 y 16 quedarán habilitadas una vez transcurridos el plazo de cada suspensión. Asimismo, se decidió solicitar al INIDEP que evalúe la viabilidad de llevar adelante una nueva prospección dentro del AVPJM y que, en caso de considerarlo, elabore el correspondiente plan.

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