En virtud de lo comunicado por el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO INIDEP, se ha dispuesto la suspensión a la pesca comercial de el langostino (Pleoticus muelleri) en la Subárea N° 8, delimitada por las latitudes 43° y 44°S y las longitudes 61° y 62° O, por DIEZ (10) días corridos; y cierre de la Subárea N° 12, delimitada por las latitudes 44° y 45° S y las longitudes 61°30’ y 62°30’O, ambas a partir de las 00 Hs del día miércoles 28 de agosto del corriente.