Paritarias de fresco y congelado siempre el mismo trama con finales similares, si no se acurda en primeras instancias acto seguido (medida de fuerza pocas horas y conciliación obligatoria)

Desde hace años los trabajadores marítimos vienen sufriendo un modus operandis de similares características.


martes, 4 abril de 2023

Las aperturas y cierres de paritarias en la pesca se han vuelto una vieja y mala costumbre en el modo de como se llevan adelante tanto para las cámaras armadoras, ministerio de trabajo y los gremios Marítimos.

Las empresas ofrecen siempre un porcentaje descabelladamente bajo  como en este caso un 45 % en tres tramos , buscan a uno o mas gremios aliados a las cámaras que estén dispuestos a firmar (como en este caso SIMAPE y Asociación de capitanes) .

Luego los otros gremios que no estén de acuerdo con lo que la patronal, en este Caso (SOMU , Siconara y Centro de Patrones )que piden un 60 % y itens como wifi, baja de impuesto a las ganancias y viáticos , en algunos casos llevan a cabo Medidas de fuerzas como movilizaciones y cortes en los accesos a los muelles , las cuales muchas veces no proliferan ya que el ministerio de trabajo amigo fiel de los empresarios dictan la conciliación obligatoria al breve periodo de haberse iniciado la medida de fuerza , la cual destraba el conflicto momentáneamente y ordenan que los buques sean liberados a la pesca ya que en caso contrario si los gremios en conflicto lo rechazaran sufrirán duras sanciones por el desacato.

La ley dispone que la conciliación debe durar 15 días hábiles y puede ser extendida cinco más y que no se puede disponer de una nueva conciliación para el mismo conflicto.

Funciona en la órbita del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, creado por Ley Nº 24.635 – Decreto reglamentario 1169/96. Ante un desacuerdo entre trabajador y empleador, el SECLO actúa como instancia de conciliación obligatoria previa al inicio de un juicio laboral.

¿Qué pasa si no se cumple la conciliación obligatoria?

Según establece la ley, las partes están obligadas a cumplir con la conciliación obligatoria. Deben desistir de realizar las acciones que dieron inicio al conflicto y sentarse a negociar. La ley prevé multas económicas para las partes que no acaten la conciliación.

En caso de no haber acuerdo queda habilitada la posibilidad de recurrir judicialmente ante la Justicia Nacional de Trabajo. Según establece la ley, las partes están obligadas a cumplir con la conciliación obligatoria. Deben desistir de realizar las acciones que dieron inicio al conflicto y sentarse a negociar

 

En medio de este tire y afloje los únicos realmente damnificados siempre son los trabajadores ya que en el ida y vuelta del conflicto golpea directamente en ellos.

Veremos como sigue esta nueva historia en medio de show mediáticos de tire y afloje de gremios y patronales . 

 

 

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