No es que quedan absolutamente sin cobertura sino que queda abierta esa vía pero bajo el estudio de caso a caso", dijeron fuentes oficiales.
A partir del 1 de enero, las ART dejarán de cubrir que el Covid es una enfermedad laboral para la mayor parte de los trabajadores. Sólo continuará la presunción para quienes se desempeñan en el sector de salud y para los miembros de fuerzas de seguridad federales y provinciales que cumplan servicio efectivo.
Los gremios marítimos en Mar Del plata programan reuniones con las autoridades correspondientes para asegurar la cobertura de art a sus afiliados ante la nueva ola de covid 19.
De contraer Covid, si fuese de origen laboral, el trabajador deberá reclamar y demostrar ante las Comisiones médicas del sistema la relación causal directa e inmediata de la patología con su actividad laboral, según dijeron en el sector de las ART.
Hasta el 31 de diciembre se considera al COVID “presuntivamente una enfermedad de carácter profesional -no listada-… respecto de la totalidad de las trabajadoras y los trabajadores dependientes incluidas e incluidos en el ámbito de aplicación personal de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo y que hayan prestado efectivamente tareas en sus lugares habituales, fuera de su domicilio particular». Y correspondía a las ART demostrar lo contrario.
La “presunción” significaba que los trabajadores – y los familiares derecho-habientes en el caso del fallecimiento- recibían la cobertura bajo el supuesto de que era una enfermedad laboral.
En adelante, «en el caso que el trabajador entienda que su contagio fue en el ámbito laboral podrá acudir a las Comisiones Medicas por el tramite de reconocimiento de enfermedad profesional no listada que esta previsto en el decreto 1278/00. No es que quedan absolutamente sin cobertura sino que queda abierta esa vía pero bajo el estudio de caso a caso«, dijeron fuentes oficiales.
Por ejemplo, que existe una relación causal directa entre el trabajo y el coronavirus si se verifica que existe un número relevante de infectados por el Covid-19 en el lugar de trabajo. También si otros hechos indican que el contagio ocurrió en cumplimiento de tareas esenciales o exceptuadas de cumplir con las restricciones vinculadas a la cuarentena.
En los casos en que el trabajador combina tareas por teletrabajo y en su lugar habitual de trabajo, se considera si en los días previos al resultado positivo del Covid trabajó en forma presencial en el establecimiento habitual de trabajo.
Además, por esta cobertura hubo un aumento de la cuota mensual que pagan las empresas a las ART (de $ 0,60 a $ 49,98 última actualización a octubre) porque las prestaciones médicas y el dinero por el Covid son cubiertas en un 100% por el Fondo fiduciario de Enfermedades Profesionales del sistema.
En consecuencia, “aquellas denuncias que ingresen con fecha de primera manifestación invalidante igual o posterior al 01/01/2022 serán rechazadas, dado que a partir de dicha fecha nos encontramos ante una enfermedad considerada de carácter inculpable (no relacionada con el trabajo), excepto las que pertenezcan a trabajadores de la salud o fuerzas de seguridad», señalaron desde Prevención ART del grupo SanCor Salud.