Informe completo realizado por Guillermo Mendez en respuesta a los números que difieren a los expuestos por empresarios en medios de comunicación


martes, 8 abril de 2025

Guillermo Mendez delegado de Centro de Patrones Mar del Plata específico al detalle los valores y convenios vigentes de buques congeladores tangoneros.

 

Nota:

Escribo está nota para referirme a lo que se está informando en diferentes medios de
comunicación social en relación a los salarios de las tripulaciones que desarrollan tareas a bordo
de los Buques de Pesca Tangoneros Congeladores, y del porcentaje, que según manifiestan las
empresas, tienen dichos salarios aplicados a la producción del buque.

Otro tema que quiero aclarar, es el precio por tonelada de langostino procesado a bordo; me
refiero al valor que se toma para calcular la producción del buque y, en base a esta, determinar
los salarios proporcionales por producción de cada tripulante. Este es el valor de convenio, y el
mismo, varía de acuerdo al tamaño o talla del langostino (L1, L2, L3, L4), siendo L1 el de mayor
talla y el mayor precio. En todos los casos se habla del precio de este último (el de mayor valor,
U$S 5.800 por tonelada) para determinar la producción, y lo cierto es que se debería hablar del
valor promedio, que en todos los casos sería inferior (ya que en los buques se procesa todo el
langostino capturado y se clasifica por talla).
Otro punto a tener en cuenta, es la bodega del buque, ya que de acuerdo a su volumen y cantidad
de carga se determinará la producción, y también la cantidad de tripulantes que se embarcarán
para realizar la marea.

Como dije antes, en base a la producción se calculará el salario proporcional por producción de
cada tripulante (cada uno de ellos tiene un porcentaje sobre producción según convenio), y por
sumatoria de los mismos, más sueldos básicos, devengados y cargas sociales (que debe abonar la
empresa por cada trabajador), se determina el importe total de las remuneraciones del buque.
Este importe total dividido la producción establecida, nos da el valor del porcentaje de los salarios
sobre la producción.

Aquí hago dos aclaraciones: ESTE PORCENTAJE NO ES EL MISMO EN TODOS LOS BUQUES,
DIFIERE EN CADA CASO DE ACUERDO A LA PRODUCCION Y LA CANTIDAD DE TRIPULANTES DEL
BUQUE EN CUESTION; y la remuneración proporcional por producción de cada tripulante se
determina en pesos, la conversión para los Capitanes se realiza tomando el 90% de la cotización
del dólar Blend (Dólar exportación) del día de la descarga, NO DEL 100%.
En referencia a este porcentaje total de las remuneraciones en relación a la producción, que las
Cámaras establecen en 59%, debo decir que no hemos visto ninguna documentación que
respalde como llegan a ese porcentaje, ni visto presentación alguna del desglose del mismo. Lo
hemos solicitado, y no hemos tenido respuesta.
A su vez, lo han manifestado en forma mediática, y lo han expuesto, pero no han hecho
presentación alguna donde se pueda verificar como obtuvieron dicho porcentaje. Tampoco se han
presentado en el Ministerio de Trabajo en referencia a este tema.

Desde nuestro espacio hemos establecido el porcentaje de remuneraciones sobre la
producción, y por ejemplo en un buque de 130 Tns de carga y 28 Tripulantes, dicho porcentaje
quedó establecido: por convenio CAPIP en 35.25%, y por Convenio CAPECA en 36.47 %.

De acuerdo a lo expuesto hasta aquí, las diferencias son significativas.
En referencia a los salarios expuestos en notas periodísticas, debo informarles que son
erróneos; los Capitanes están muy por debajo de esos importes.

Como mencioné anteriormente se habla de salarios que NO SON REALES. Yo no voy a hablar de
los importes de los salarios por respeto a los afiliados a los que represento, y por resguardarlos
debido al contexto social actual; pero si puedo asegurar que ninguno de nuestros Afiliados a
alcanzado salarios en BRUTO tan significativos como se está divulgado en los medios, ni que
hablar si le aplicamos el IMPUESTO A LA GANANCIA que lo reduce en un 30 y un 35 %.
De todos modos, investigando en el contenido de los convenios antes mencionados y la
información suministrada en esta nota, pueden hacer cálculos que les permitirán verificar lo que
expongo. A su vez, para discutir el porcentaje de los salarios en referencia a la producción del
buque, no hacía falta difundir los salarios en forma individual ni en su conjunto.

Particularmenteme parece poco ético, porque se divulga información sensible y se desvía la discusión.

En relación al salario de la tripulación, debo decir que se establece de acuerdo a la función de
cada uno, que en todos los casos conllevan un alto grado de capacitación y responsabilidad;
además es una profesión de alto riesgo por el tipo de operaciones que se realizan a bordo y por el
medio donde se desarrollan. También cabe mencionar el desarraigo al cual la tripulación se
somete voluntariamente, para desarrollar sus actividades en un entorno foráneo durante días.
Respecto a los Capitanes, tenemos la enorme responsabilidad de velar por la seguridad de la
tripulación, el buque y la carga. Ejercer con atribuciones del poder legislativo y judicial según la
Ley de la Navegación; somos responsable de la aplicación de normas y resoluciones establecidas
por las Autoridades Marítima y la Administración Pesquera, y una no menor proveer (pescar) de
materia prima en tiempo y forma al buque hasta completar sus bodegas, respetando los
estándares de calidad en cuanto a tiempos de pesca y proceso.

Entiendo que esto es parte del problema, hay muchas cosas más por explicar pero me parece muy
oportuno aclarar esto. Saludos

Guillermo Mendez Delegado centro de Patrones

Guillermo Mendez Delegado centro de Patrones

 

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