Será de $45.000 para las Categorías 1 y 2, y de $46.000 para las Categorías 3 y 4. El personal mensualizado percibirá la suma de $50.000. Los montos se incorporarán al básico en marzo de 2023. Además, cobrarán un bono navideño y ayuda escolar.
La Cámara Argentina Patagónica de Industrias Pesqueras y el Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Alimentación de Chubut suscribieron el acuerdo de recomposición salarial que tiene vigencia desde este mes de junio y hasta el 31 de mayo de 2023. No se fijaron porcentajes generales de incremento salarial, sino la aplicación de sumas fijas diferentes para cada categoría las que se incorporan al básico progresivamente.
Las partes acordaron un incremento salarial de carácter no remunerativo para todo el personal alcanzado por el CCT 372/04, diferencial por categoría, equivalente a la suma de ($45.000) cuarenta y cinco mil pesos, que será abonada a razón de ($22.500) veintidós mil quinientos pesos por quincena para el personal jornalizado de las Categorías 1 y 2; ($46.000) cuarenta y seis mil pesos, que será abonado a razón de ($23.000) veintitrés mil pesos por quincena para el personal jornalizado de las Categorías 3 y 4. En tanto, que el personal mensualizado liquidado bajo la modalidad de incremento salarial no remunerativo ascenderá a la suma de ($50.000) cincuenta mil pesos por mes de incremento salarial.
En todos los casos, el pago se inicia a partir del día 1 del mes de junio del año en curso. Los trabajadores contratados bajo la modalidad de eventual percibirán el incremento de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado a razón de Categoría 1 y 2 de ($.2025) dos mil cuarenta y cinco pesos por día; mientras que para la Categoría 3 y 4 será de ($2.091) dos mil noventa y un pesos por día.
A los trabajadores que registren ausencias injustificadas se les descontará el incremento en la misma proporción.
Por otro lado, el STIA y la CAPIP acordaron mantener el entendimiento de que, durante el plazo de vigencia del acuerdo, el adicional de Fidelidad Laboral se mantendrá en las mismas condiciones de otorgamiento que los convenios suscriptos en los pasados años. El monto anual del bono para este periodo será de ($50.000) cincuenta mil pesos, que se liquidará en dos pagos de ($25.000) veinticinco mil pesos cada uno, el primero se liquidará el 19 de diciembre de 2022 y el segundo se liquidará conjuntamente con la primera quincena de marzo de 2023. Los trabajadores contratados bajo la modalidad eventual, percibirán el incremento de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado, a razón de ($2.272) dos mil doscientos setenta y dos pesos por quincena.
En tanto, las partes convinieron materializar el 14% como ajuste convenido en la cláusula octava del acuerdo salarial suscripto entre STIA y CAPIP con fecha 1 de junio de 2021. Por ello, se determina un monto no remunerativo de ($10.000) diez mil pesos mensuales para el personal liquidado bajo tal modalidad y de ($5.000) cinco mil pesos quincenales para el personal jornalizado; el pago de este importe habrá de hacerse efectivo durante los meses de junio 2022 y noviembre 2022.
En otra de las cláusulas se establece transformar en remunerativo e incorporar a la hora básica, factor de producción y demás rubros convencionales consecuentes, las sumas fijas de $45.000, $46.000 y $50.000, a partir del 1 de marzo de 2023.
En tanto, que el 14% diferencia salarial 2021/2022 materializado en la suma de $10.000, se transformará en remunerativo en el mes de diciembre de 2022.
La garantía horaria a partir del 1 de marzo de 2023 mantendrá su valor remunerativo vigente desde diciembre 2022 y se le adicionará los incrementos salariales no remunerativos pautados.