El CFP le cerró la puerta al pedido de la flota arrastrera: el calamar seguirá con un tope del 20% de captura incidental de calamar


viernes, 17 julio de 2026

El Consejo Federal Pesquero rechazó por unanimidad el planteo de la CAABPA para elevar al 30% el límite de captura incidental de calamar. El INIDEP advirtió que la medida incrementaría la presión pesquera sobre los stocks en las etapas más sensibles de su ciclo biológico y pondría en riesgo la sustentabilidad del recurso.

El Consejo Federal Pesquero (CFP) resolvió mantener sin modificaciones uno de los principales pilares del esquema de administración del calamar argentino. En su última reunión, el organismo rechazó por unanimidad el pedido formulado por la Cámara Argentina de Armadores de Buques Pesqueros de Altura (CAABPA) para elevar del 20% al 30% el límite de captura incidental permitido a la flota arrastrera durante las mareas dirigidas a merluza común. La decisión se sustentó en un contundente informe técnico del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP), que concluyó que una mayor tolerancia incrementaría injustificadamente la mortalidad del recurso en períodos críticos para su reproducción y comprometería la sustentabilidad de los principales stocks de Illex argentinus.

La solicitud de la CAABPA buscaba flexibilizar el régimen vigente argumentando que el incremento permitiría mejorar el aprovechamiento nacional del recurso frente a la intensa actividad de las flotas extranjeras que operan fuera de la Zona Económica Exclusiva (ZEE). Además, la entidad sostuvo que, en determinadas áreas y épocas del año, el fuerte solapamiento entre los cardúmenes de merluza y calamar hace prácticamente imposible evitar la captura incidental de este último durante la operatoria habitual de la flota arrastrera.

Un límite pensado para proteger el ciclo biológico

La respuesta del INIDEP fue categórica. El organismo recordó que la pesquería del calamar argentino se encuentra regulada mediante un conjunto de medidas de ordenación —entre ellas vedas temporales y áreas de manejo— cuyo objetivo es proteger las distintas fases del ciclo biológico de la especie y garantizar el reclutamiento de nuevas generaciones.

Los investigadores explicaron que, durante los períodos en los que la pesca dirigida permanece cerrada, gran parte de los ejemplares de los stocks Sudpatagónico y Bonaerense-Norpatagónico aún no alcanzó la madurez sexual. Su captura prematura reduce el potencial reproductivo y afecta el crecimiento futuro de la población. Del mismo modo, una vez concluida la temporada, resulta indispensable asegurar el escape de reproductores para sostener el ciclo natural del recurso.

En ese contexto, el límite del 20% de captura incidental constituye una excepción estrictamente administrada para compatibilizar la actividad de los arrastreros dirigidos a merluza con la necesidad de minimizar el impacto sobre los stocks de calamar. Elevar ese porcentaje al 30%, sostuvo el INIDEP, implicaría aumentar la presión pesquera precisamente cuando la especie se encuentra en sus etapas más vulnerables.

El argumento científico prevaleció

Tras analizar el informe, el Consejo Federal Pesquero resolvió no hacer lugar a la petición de la CAABPA y ratificó la vigencia del régimen actual. La decisión refleja la prioridad otorgada al criterio científico en la administración del recurso y reafirma el enfoque precautorio que caracteriza a la política pesquera argentina para una de sus especies de mayor valor estratégico.

La representante de la Provincia de Buenos Aires acompañó el rechazo y reiteró la posición que viene sosteniendo en reuniones anteriores del CFP: en ausencia de evidencia científica que justifique un incremento del esfuerzo pesquero sobre el calamar, no corresponde flexibilizar las condiciones de captura, tanto para la flota potera como para la arrastrera.

Un equilibrio entre producción y conservación

La decisión llega en un contexto en el que el calamar argentino vuelve a ocupar un lugar central en la agenda pesquera nacional. Mientras el Gobierno impulsa la incorporación de nuevos buques poteros para aumentar la participación argentina sobre un recurso que luego es explotado por flotas extranjeras fuera de la ZEE, el CFP dejó en claro que cualquier incremento del aprovechamiento deberá mantenerse dentro de parámetros científicamente sustentables.

El mensaje que surge del Acta Nº 20/2026 es claro: la necesidad de capturar una mayor proporción del recurso dentro de aguas argentinas no habilita a flexibilizar las reglas de conservación. Para el INIDEP y el Consejo Federal Pesquero, preservar la capacidad reproductiva de los stocks continúa siendo la condición indispensable para sostener, en el tiempo, una de las pesquerías más importantes del Mar Argentino.

Compartir en:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *