Se abre un período de 15 días de negociaciones para resolver el conflicto laboral surgido por el reclamo de los trabajadores, ante el atraso en el pago de salarios y la falta de pago de los aportes a la obra social.
El Ministerio de Trabajo de la Provincia resolvió dar por iniciado un período de conciliación obligatoria entre el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU) y la empresa Prodesur SA, propietaria del buque pesquero Tai-An; por un plazo de 15 días, en el reclamo de los trabajadores por atrasos en el pago de sueldos y la falta de cobertura médica.
La medida fue dictada en el marco del expediente caratulado “Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU) c/Prodesur SA – s/denuncia y pedido de audiencia”; tras una audiencia que se celebró el pasado 14 de abril, realizada en el ámbito de la oficina de Relaciones Laborales, en la cual no surgió un resultado positivo en torno al conflicto que paralizó la actividad del buque Tai-An.
Los trabajadores denunciaron el retraso en el pago de salarios, la falta de liquidación del plus por tareas en bodega, y el incumplimiento en los aportes sindicales, previsionales y de obra social. Esta última situación ha dejado a los tripulantes sin cobertura médica, lo que agrava aún más el conflicto.
En un comunicado, el SOMU expresó: “Nos encontramos en una situación insostenible. La empresa ha faltado sistemáticamente a sus obligaciones, vulnerando derechos básicos de la tripulación. Nos solidarizamos con los compañeros y sus familias, que también se ven afectadas por esta grave situación”.
En la audiencia realizada en Relaciones Laborales, el gremio expuso que hasta tanto la empresa no cumpla con lo requerido se mantendrán las medidas de acción directa. Por su parte, la empresa pesquera solicitó el dictado de la conciliación obligatoria, fundada en que “la entidad gremial mantiene una postura no ajustada a derecho”.
En la resolución 99/2025, el secretario de Trabajo, Edgardo Ceballos, intima a los trabajadores a dejar sin efecto las medidas de acción directa, haciéndoles saber que el “incumplimiento de la presente intimación podrá aparejar la pérdida de los derechos a percibir las remuneraciones correspondientes al período de cesación de las medidas de fuerzas adoptadas”. En el caso de la empresa, de incumplir con la intimación, se le aplicará una multa.
Además, en la resolución se exhorta a las partes en conflicto, “a mantener la mejor predisposición y apertura para negociar los temas sobre los cuales mantienen diferencia, contribuyendo de tal manera a la paz social, la buena fe y a mejorar el marco de las relaciones laborales”.