A partir del 29 de mayo del corriente queda oficialmente habilitada a la pesca comercial de Langostino (Pleoticus muelleri) en las referidas Sub-áreas N° 4, Sub-área N° 5, Sub-áreas N° 13 y Sub-áreas N° 14


martes, 28 mayo de 2024

En el marco de la Prospección de Langostino (Pleoticus muelleri) llevada a cabo en las Sub-áreas N° 4, definida entre las latitudes 42° y 43°S y las longitudes 61° y 62°O; Sub-área N° 5 entre las latitudes 42° y 43°S y las longitudes 60° y 61°O; y Sub-área N° 13 entre latitudes 45° y 46°S y las longitudes 63° y 64°O, y la Sub-área N° 14 entre latitudes 45° y 46°S y las longitudes 62° y 63°O fue  comunicada oportunamente mediante  Nota N° NO-2024-53941729-APN-SSRAYP#MEC el día 23 de mayo del corriente.
En tal sentido, a partir de los resultados favorables sobre los principales indicadores biológicos de la citada Prospección, informados por el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO
PESQUERO (INIDEP) mediante Nota N° NO-2024-55714054-APN-DNI#INIDEP adjunta a la presente y de
conformidad con la recomendación efectuada por dicho Instituto, se ha dispuesto la habilitación a la pesca comercial de Langostino (Pleoticus muelleri) en las referidas Sub-áreas N° 4, Sub-área N° 5, Sub-áreas N° 13 y Sub-áreas N° 14 a partir del día miércoles 29 de mayo del corriente.
Cabe destacar que, se autoriza la entrada de Buques Pesqueros a la hora 00:00 del día mencionado, para facilitar la actividad de búsqueda ecoica de concentración de Langostino, con un horario de comienzo de las operaciones de pesca a partir de las 07:00 horas.

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