se ha dispuesto la habilitación a la pesca
comercial de Langostino (Pleoticus Muelleri) en dicha Sub-área, a partir de este momento.
En el marco de la Prospección de Langostino (Pleoticus Muelleri) llevada a cabo en la Sub-área N° 5, delimitada entre los paralelos 42°00′ y 43°00′ S y los meridianos 60°00′ y 61°00′ O, dentro del Área de Veda Permanente de Juveniles de Merluza (AVPJM) .
En tal sentido, a partir de los resultados favorables sobre los principales indicadores biológicos de la citada Prospección, informados por el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP) mediante Nota N° NO-2023-94467062-APN-DNI#INIDEP adjunta a la presente, y de conformidad con la recomendación efectuada por dicho Instituto, se ha dispuesto la habilitación a la pesca
comercial de Langostino (Pleoticus Muelleri) en dicha Sub-área, a partir de este momento.